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Alimentos funcionales. Revisión de la EFSA y nuevo etiquetado.

Alimentos funcionales. Revisión de la EFSA y nuevo etiquetado. 145 165 Miguel A. Lurueña
En mi opinión, hace tiempo que aprendimos a ignorar la publicidad, especialmente desde que internet forma parte de nuestra vida cotidiana. Pero si por un momento te fijas en ella, te darás cuenta de que la mayor parte de los anuncios son sobre alimentos, especialmente en la televisión. Es más, te darás cuenta de que la mayor parte de los anuncios no son sobre alimentos normales, sino sobre alimentos que supuestamente aportan algún tipo de beneficio para la salud, ya sea porque tienen Lactobacillus casei inmunitas, fitosteroles, fibra, omega-3 u otras muchas cosas. Este tipo de alimentos es lo que se conoce como alimentos funcionales.

Alimentos funcionales

En este grupo se engloban un gran número de alimentos que, en principio, tienen en común el hecho de aportar algún beneficio para la salud. Muchos alimentos funcionales son muy útiles para la población en general y para las personas que tienen algún problema relacionado con la alimentación en particular. Para conseguir que un alimento sea funcional, lo habitual es hacer alguna de estas operaciones:

  • Eliminar algún componente que pueda ser problemático para ciertas personas, como la lactosa de la leche.
  • Aumentar la concentración de un componente para que la ingesta que realiza el consumidor se acerque a la dosis recomendada, como por ejemplo el calcio de la leche enriquecida.Añadir un componente que no estaba presente, como el ácido omega-3 en algunas marcas de leche.
  • Reemplazar macronutrientes, como es el caso de la grasa en algunos productos bajos en grasa.
  • Aumentar la biodisponibilidad o estabilidad de un componente presente en el alimento, como el caso de las leches enriquecidas con calcio y vitamina D.

    El problema
    A día de hoy, existe un vacío legal en cuanto a las propiedades funcionales de estos alimentos. La legislación regula algunos aspectos, pero no los fundamentales, que desde mi punto de vista son:

    • respaldar las alegaciones nutricionales con estudios científicos rigurosos en los que se investigue no sólo la efectividad del alimento, sino también la cantidad que se necesita consumir para obtener el beneficio que se publicita. 
    • Indicar estos dos aspectos tanto en el etiquetado como en la publicidad del producto.

    Este vacío legal ha llevado a muchas industrias alimentarias a anunciar sus productos como si fueran la panacea universal, el bálsamo de fierabrás o los tónicos que se vendían en los medicine shows del lejano oeste americano. Por supuesto, salvando las distancias, entiéndase la comparación. Existen claras diferencias; la principal: en el caso de los alimentos funcionales existe una base científica.

    Para que quede un poco más claro, en mi opinión, los alimentos funcionales se podrían englobar en  los siguientes grupos:

    • los que son verdaderamente efectivos, porque al consumirlos en cantidades normales aportan los beneficios que publicitan.
    • los que en en principio son efectivos pero para que aportaran beneficios a nuestra salud deberíamos consumirlos en cantidades ingentes (es decir, en realidad no son efectivos).
    • los que se sospecha que pueden ser efectivos pero no se ha encontrado una relación causa-efecto. Esto suele ser porque anuncian beneficios demasiado generales (Por ejemplo: «beneficioso para el corazón» ¿en qué sentido?). O porque se añaden compuestos que sí son efectivos en el laboratorio, pero no en el organismo.
    • los que no son efectivos en absoluto. 
    La solución
    La solución pasa por mostrar claramente, tanto en el etiquetado del producto como en su publicidad, cuáles son los beneficios reales que el alimento funcional aporta a nuestra salud y cuál es la cantidad que hay que consumir para que se adviertan sus efectos. Por supuesto, todo ello debe basarse en estudios científicos rigurosos. Y con eso no me refiero a los que suelen realizar algunos centros de investigación de dudosa reputación, cuya objetividad sospecho que está en manos del mejor postor.

    El panorama cambiará previsiblemente a finales de este año, cuando la Comisión Europea tiene previsto hacer oficiales los resultados de un estudio sobre las alegaciones saludables de más de 2.700 sustancias que se utilizan o se quieren utilizar para anunciar este tipo de alimentos. Dicho estudio, que se hizo público el pasado 28 de julio, fue realizado por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) entre el año 2008 y el año 2011 y se puede consultar aquí.

    Lo que viene a decir el informe es que más del 80% de los reclamos sanitarios no están probados científicamente, o bien son tan generales que no se puede comprobar que haya una relación causa-efecto. Por otra parte, el 20% restante sí aportan beneficios reales a nuestra salud.

    Algunos ejemplos
    El informe de la EFSA es muy extenso (recuerda que son más de 2.700 sustancias), así que tengo que dedicarle mucho tiempo y en esta ocasión no lo tengo. En el diario El País tratan esta noticia y exponen algunas conclusiones del informe. A continuación enumero algunas de ellas:

    Una de cal: 

    • Sustituir el azúcar por xilitol, sorbitol y otros edulcorantes reduce la caries. Verdadero. El azúcar común, es decir, la sacarosa, es fermentada por las bacterias presentes en la boca y como resultado se obtienen ácidos que dañan el esmalte de los dientes. La sustitución de azúcar por edulcorantes como xilitol y sorbitol reduce ese riesgo, ya que éstos no son fermentables (ya hablamos sobre ello aquí)
    • Los esteroles vegetales (fitoesteroles) ayudan a reducir el colesterol LDL (el colesterol malo). Verdadero. Para ello hay que tomar 0,8 gramos por día. No se consideran apropiados para mujeres que amamantan o menores de cinco años. 

    Y otra de arena:

      • Los bífidos ayudan a las defensas. Falso. Los bífidos son bifidobacterias que aparecen en muchos de los yogures que se anuncian como los remedios para algunas enfermedades ya que supuestamente refuerzan nuestro sistema inmune. Hay distintas cepas de biidobacterias y cada empresa utiliza la suya. La conclusión general de la EFSA es que no hay pruebas que demuestren que hay una relación entre estos productos y una disminución de los agentes patógenos en el sistema digestivo.
      • Los arándanos reducen las infecciones del tracto urinario de las mujeres. Falso. Según la EFSA: «las pruebas aportadas son insuficientes para establecer una relación entre el consumo de proantocianidinas de los arándanos y una defensa contra las bacterias patógenas».

      Conclusiones
      La mayoría de los alimentos funcionales que hay en el mercado en la actualidad (más del 80%) no están probados científicamente. Aún así se publicitan sus supuestos beneficios para la salud, sin estar respaldados por estudios científicos rigurosos y sin indicar la dosis necesaria para que estos beneficios se manifiesten. Esto no quiere decir que ninguno sea efectivo en absoluto. Solamente quiere decir que algunos no son efectivos y que otros necesitan ser respaldados mediante investigaciones científicas rigurosas que avalen (o no) estos beneficios.

      Los alimentos funcionales que son efectivos, más allá de ser un extraordinario filón económico para las empresas alimentarias, mejoran la calidad de vida de la población. Hay que tener en cuenta que para desarrollar estos alimentos es necesario invertir mucho tiempo y muchos recursos tanto humanos como materiales.

      El hecho de comercializar «alimentos funcionales» que no aportan ningún beneficio real no hace sino desprestigiar al conjunto de los alimentos funcionales, a la industria alimentaria en general, y a la investigación alimentaria en particular.

      Durante estos días leeré el extenso informe de la EFSA para exponer las conclusiones más importantes en próximos posts.